
Abordaje TOMALU y SYLENE: qué dice el informe CIAIM
Un catamarán de 23 m y una barca de pesca chocaron cerca de Punta Salinas. Qué dice el informe CIAIM-12/2025 y qué reglas del RIPA entran en juego.
Un catamarán de recreo de 23 m y una barca de pesca de 7 m chocaron con buena visibilidad, viento flojo y apenas mar (entre rizada y marejadilla), a dos millas de Punta Salinas. Según el informe de la CIAIM, ninguno de los dos patrones se percató del riesgo de abordaje hasta que se produjo.
Es un informe técnico de seguridad: la propia CIAIM aclara que no prejuzga la decisión judicial ni persigue la evaluación de responsabilidades ni la determinación de culpabilidades. Aquí lo usamos para aprender las reglas, no para juzgar a nadie.
Ficha del incidente
- al oeste de Punta Salinas, Palma de Mallorca
- 2millas
- velocidad del catamarán, con piloto automático
- 8nudos
- hora del abordaje según el relato del informe
- 06:42
- punto AIS que coincide con la posición del abordaje
- 06:41
- Condiciones: viento flojo, mar entre rizada y marejadilla, visibilidad de 10 km o más; el orto fue a las 06:33
- Consecuencias: hundimiento de la barca; arañazos en la proa de estribor del catamarán; sin heridos
- Investigación: CIAIM-12/2025, publicada en mayo de 2026
- Informe: Origen de los datos: Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible (CIAIM). Informe publicado en mayo de 2026; consultado el 15 de octubre de 2026.
Reconstrucción ilustrativa.
- Dato:
- la trayectoria, la hora, la velocidad y el rumbo del SYLENE (y su flecha de rumbo), de los puntos AIS del informe; entre dos puntos, los valores están interpolados.
- Hipótesis del informe:
- dónde estaba TOMALU y cómo se movía; de ello dependen su distancia, su marcación, la línea que las muestra y su flecha de rumbo.
- Ilustración:
- los modelos de los barcos, el mar y las nubes; el sol está calculado para la fecha, la hora y el lugar.
- Sin dato en el informe:
- el grado y la forma de las nubes (el informe dice solo «nublado», §2 y §3.3) y la dirección del viento (la ficha de datos dice sureste y §2, suroeste); la escena los muestra de forma neutra.
- 06:35 El catamarán avanza a 8 nudos con rumbo de proa de unos 295° según los puntos AIS (el texto del informe dice 290°). El patrón declara haber visto una barca pequeña a media milla a estribor, que no aparece en el radar ni en el AIS, y otro eco a unas 3 millas por la proa.
- 06:38 Los datos AIS del catamarán muestran el inicio de la caída a babor y el descenso de velocidad.
- 06:41 Punto AIS que coincide con la posición del abordaje que da el informe.
Puntos de decisión, en texto
≈06:35. Una barca a la vista y un eco lejano.
Qué ocurrió: El patrón de guardia vigilaba desde el puesto interior de la cubierta principal, con visibilidad limitada; el catamarán navegaba a unos 8 nudos con piloto automático. Declara haber visto una barca de pesca de unos 7 u 8 m a unas 0,5 millas por estribor, que no aparecía en el AIS ni en el radar, y otro eco a unas 3 millas por la proa. Se centró en ese eco intermitente y dejó de atender a la barca.
Qué señala el informe: El informe concluye que el abordaje se produjo como consecuencia de una vigilancia ineficaz y describe que el patrón priorizó un eco radar lejano y desatendió el barco cercano que tenía a la vista. (Informe CIAIM, §2, §3.2, §4)
Regla que entra en juego (nuestro análisis) y lección: Entra en juego la Regla 5: exige una vigilancia eficaz, visual y auditiva, con todos los medios disponibles apropiados. Lección del curso: Vigilancia, velocidad y riesgo
Entre ≈06:35 y el abordaje. Rumbo y velocidad sin cambios.
Qué ocurrió: Según el relato del informe, el catamarán mantuvo rumbo y velocidad (unos 8 nudos) con el piloto automático. La barca no aparecía en el radar ni en el AIS del catamarán. Los puntos AIS del catamarán muestran rumbo y velocidad casi constantes hasta las 06:36:46 y, desde las 06:38:16, una caída a babor y una bajada de velocidad (tabla 1).
Qué señala el informe: El informe señala que el patrón no moderó la velocidad, no reforzó la vigilancia y no pasó a gobierno manual, y que el tamaño de la barca y su casco de madera limitaron la detección por radar. (Informe CIAIM, §2, §3.1, §3.2, §3.3)
Regla que entra en juego (nuestro análisis) y lección: Entra en juego la Regla 7: en caso de duda, se considera que el riesgo de abordaje existe, y se evitarán las suposiciones basadas en información insuficiente, especialmente la obtenida por radar. Lección del curso: Vigilancia, velocidad y riesgo
Entre ≈06:35 y el abordaje. Situación de cruce.
Qué ocurrió: El informe no pudo determinar si la barca estaba parada o navegando: caben dos hipótesis, que puedes cambiar en la reconstrucción.
Qué señala el informe: En sus conclusiones, la CIAIM da por existente una situación de cruce en la que el catamarán veía al pesquero por estribor y concluye que el SYLENE debió ceder el paso. (Informe CIAIM, §3.1, §4)
Regla que entra en juego (nuestro análisis) y lección: Entra en juego la Regla 15: cuando dos buques de propulsión mecánica se cruzan con riesgo de abordaje, se aparta el que tiene al otro por su costado de estribor. Lección del curso: ¿Quién se aparta?
06:42 según el relato; punto AIS de las 06:41:16. La maniobra a unos 10 m.
Qué ocurrió: El patrón vio lo que parecía el techo del puente de gobierno de una embarcación por su banda de estribor, a unos 10 m de la proa; viró todo a babor y dio atrás a máxima potencia. Según este relato, el casco de estribor del catamarán alcanzó la amura de babor de la barca, que se hundió rápidamente; las conclusiones (§4) dicen que el catamarán abordó «con su proa» al pesquero «en su costado de babor». Los dos tripulantes de la barca habían salido a pescar calamares con poteras.
Qué señala el informe: Según el relato del informe, el patrón maniobró cuando observó el puente de gobierno de una embarcación a unos 10 m de la proa. El informe señala que el patrón de la barca no avistó al catamarán hasta el impacto y concluye que no debió desentenderse de la vigilancia de la navegación. (Informe CIAIM, §2, §3.2, §4)
Regla que entra en juego (nuestro análisis) y lección: Entra en juego de nuevo la Regla 5: se dirige a todos los buques, también a la barca. Lección del curso: Vigilancia, velocidad y riesgo
El movimiento del catamarán sigue sus doce puntos AIS (tabla 1 del informe). El informe da dos direcciones para el viento flojo: sureste en la ficha de datos (de 130° a 150°) y suroeste en el texto (§2), y no explica la diferencia; la escena dibuja el mar con la dirección de la ficha. La posición de la barca antes del choque no figura en el informe: se dibuja según una de las dos hipótesis del informe, que puedes cambiar, y no como dato. Los puntos de decisión de la línea de tiempo resumen lo que señala el informe y las reglas que entran en juego; su posición en la línea es orientativa; la hora que da el informe figura en cada uno.
Reconstrucción ilustrativa de Náutica Visual a partir de los datos del informe CIAIM-12/2025. La posición y el movimiento de la barca son hipótesis. No reproduce los hechos con exactitud, no sustituye al informe oficial y no determina responsabilidades.
El mapa muestra los doce puntos AIS del catamarán entre las 06:24 y las 06:42 como una línea casi recta hacia el noroeste, con rumbo constante, y un giro brusco a babor en los últimos puntos, donde se marca el lugar del impacto. Dos posiciones posibles de la barca van en línea discontinua y con la leyenda «hipótesis del informe»: parada por la proa, o navegando desde estribor. El informe no determina cuál es la correcta.
Reconstrucción ilustrativa de Náutica Visual a partir de los datos del informe CIAIM-12/2025. La posición y el movimiento de la barca son hipótesis. No reproduce los hechos con exactitud, no sustituye al informe oficial y no determina responsabilidades.
Cronología
Todas las horas son locales y proceden del informe.
- 23:00Día anteriorEl catamarán navega con guardias; a las 05:00 el patrón retoma la guardia desde el puesto interior de la cubierta principal.Informe CIAIM-12/2025, §2
- 05:30TOMALU sale de su puerto base, en el sur de Mallorca, con dos personas para pescar calamar con poteras.Informe CIAIM-12/2025, §2
- ≈06:35El patrón ve una barca de pesca de unos 7 u 8 m, a unas 0,5 millas a estribor, que no aparece en AIS ni en radar. También ve otro eco a unas 3 millas por la proa. Se centra en ese eco intermitente y deja de atender a la barca; mantiene rumbo y velocidad y no usa el VHF ni señales acústicas.Informe CIAIM-12/2025, §2
- 06:42El patrón ve lo que parece el techo del puente de gobierno de una embarcación por su banda de estribor, a unos 10 m de la proa. Vira todo a babor y da atrás a máxima potencia. Según este relato, el casco de estribor alcanza la amura de babor de la barca, que se hunde rápidamente; las conclusiones (§4) dicen que el catamarán abordó «con su proa» al pesquero «en su costado de babor».Informe CIAIM-12/2025, §2
- 06:44El centro de coordinación recibe el aviso de la radiobaliza de la barca (06:44) y, después, la comunicación del propio catamarán (06:52).Informe CIAIM-12/2025, §2
- 07:33El catamarán desembarca a los dos pescadores en su puerto base y, a las 07:45, sigue hacia Palma.Informe CIAIM-12/2025, §2
El informe sitúa el avistamiento declarado hacia las 06:35 y el abordaje a las 06:42, y señala que entre el avistamiento declarado y el abordaje transcurrieron menos de cuatro minutos. Los datos AIS del catamarán muestran la caída a babor desde las 06:38 (tabla 1). Reproducimos las cifras tal como figuran en el informe, sin proponer una explicación.
Qué reglas del RIPA entran en juego
Esta sección es nuestro análisis didáctico, no una conclusión de la CIAIM. El informe no cita números de regla y no afirma que se incumpliera ninguna; sus conclusiones son las tres del apartado 4: el abordaje se produjo como consecuencia de una vigilancia ineficaz, el SYLENE debió ceder el paso y el patrón del TOMALU no debió desentenderse de la vigilancia. Cada tarjeta explica qué dice la regla en el RIPA (BOE-A-1977-15605) y qué dato del informe se relaciona con ella, para estudiar las lecciones del curso.
Regla 5: Vigilancia
- Qué significa
- Exige una vigilancia eficaz, visual y auditiva, con todos los medios disponibles apropiados.
- Qué ocurrió
- El informe habla de vigilancia ineficaz y describe que el patrón priorizó un eco radar lejano y desatendió el barco cercano que tenía a la vista; también, que el patrón del TOMALU no debió desentenderse de la vigilancia.
Regla 7: Riesgo de abordaje
- Qué significa
- En caso de duda, se considera que el riesgo existe.
- Qué ocurrió
- El informe señala que, con la barca parada por la proa o con arrancada por estribor, existía objetivamente un riesgo de abordaje.
Regla 15: Situación de cruce
- Qué significa
- Entre dos buques de propulsión mecánica, se aparta el que tiene al otro por su costado de estribor.
- Qué ocurrió
- La CIAIM da por existente una situación de cruce en la que el catamarán veía al pesquero por estribor y concluye que el SYLENE debió ceder el paso; antes reconoce que no pudo determinar si la barca estaba parada o navegando.
Qué medidas menciona el informe
Solo lo que figura en el informe; no es una lista de lo que «habría evitado» el abordaje:
- Guardia en el puesto de mando superior. Tras el accidente, las guardias del catamarán pasaron al puesto de mando de la cubierta superior, con más visibilidad.
- Gobierno manual. El informe señala que el patrón no pasó a gobierno manual.
- Velocidad y vigilancia. El informe señala que no moderó la velocidad y no reforzó la vigilancia.
- Advertencia por VHF o por otro medio. Según el relato del informe, el catamarán no emitió ninguna advertencia. El informe añade que el patrón de la barca, de haber detectado al catamarán, podría haber emitido una advertencia por VHF u otro medio.
- Un reflector de radar. El informe indica que el tamaño de la barca y su casco de madera limitaron la detección por radar, circunstancia que podría haberse mitigado con un reflector de radar. En el curso verás cómo es y por qué se coloca en alto:
03-safety-at-sea/06-safety-equipment.

Dos hipótesis sobre la geometría
El informe no recoge la derrota de la barca. Con las declaraciones y la tabla de posiciones AIS (doce puntos) concluye que solo caben dos situaciones y que no ha sido posible determinar cuál se dio:
- La barca estaba parada. Entonces debería haber estado por la proa del catamarán y no por estribor.
- La barca navegaba y se trató de un cruce, con ella por el estribor del catamarán.
En sus conclusiones, la CIAIM da por existente una situación de cruce. No añadimos una versión propia.
Cómo hemos hecho este análisis
Partimos del informe oficial de la CIAIM, sin otras fuentes sobre los hechos. No incluimos nombres de personas ni matrículas. Los nombres de los barcos son los del informe público, y no damos más datos sobre quién los posee o los tripula que los necesarios para entender el caso. Las afirmaciones sobre los hechos son las del informe y se atribuyen a él; las reglas del RIPA son nuestro ejercicio didáctico, sin valor de dictamen. La reconstrucción y el mapa son ilustrativos: usan las coordenadas de la tabla del informe, pero la posición de la barca y de otras referencias es aproximada. No usamos figuras ni fotografías del informe. El informe aclara que su elaboración no prejuzga la decisión judicial ni persigue la evaluación de responsabilidades ni la determinación de culpabilidades. Este artículo no ha sido elaborado, avalado ni patrocinado por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ni por la CIAIM. Fecha de consulta: 15 de octubre de 2026.